El pago oportuno de los impuestos de los contribuyentes ha impulsado el desarrollo de Medellín. Gracias a estos aportes, la Administración Municipal ha logrado construir grandes obras que identifican a la Nueva Medellín, y que le permiten a la ciudadanía contar con más espacios vitales para crear, compartir y disfrutar.
Por tal motivo, la Secretaría de Hacienda les recuerda a los contribuyentes que hasta el 30 de abril tienen plazo para presentar la declaración y liquidación privada correspondiente a los ingresos brutos del año 2014.
¿Quiénes deben declarar? El impuesto de Industria y Comercio debe ser declarado por todas las personas naturales o jurídicas y sociedades de hecho que hayan iniciado el desarrollo de actividades industriales, comerciales, de servicio y financieras en el Municipio de Medellín en el año 2014 o anteriores y que al año 2015 no se les haya otorgado cierre mediante acto administrativo. También deben declarar quienes realicen el hecho gravado a través de consorcios, uniones temporales o patrimonios autónomos.
Si el desarrollo de dichas actividades es a partir del año 2015, deberán declarar en el año 2016.
No deben declarar las personas naturales que pertenecen al Régimen Simplificado de Industria y Comercio, es decir aquellas que cumplan con la totalidad de los siguientes requisitos:
- Que tengan un solo establecimiento.
- Quienes al liquidar el impuesto a cargo para el 2014 no superen 769.580 pesos anualmente.
- Quienes presentaron las dos primeras declaraciones de Industria y Comercio desde el inicio de su actividad.
Sanciones por NO declarar: el Acuerdo Municipal 64 de 2012 (artículo 193) establece sanciones por la Declaración extemporánea que equivalen al 1,5% del total del impuesto declarado por cada mes o fracción de mes calendario de retardo, sin exceder el 100%. La sanción por no declarar es el equivalente al 60% del impuesto anual a pagar. La sanción mínima es de $94.000 pesos.
Formas de declarar:
-Declaración virtual
- Tradicional (formulario en papel) GRATUITO. También puede descargar el formulario en www.medellin.gov.co, opción “Declare y pague
Puntos de entrega y recepción de formularios de declaración:
- Ventanillas de Servicios Tributarios. Primer piso del Centro Administrativo Municipal CAM.
- Mascercas: Buenos Aires, Poblado, Guayabal, Belén, La Floresta y Castilla.
- Casas de Gobierno: Santa Elena, San Cristóbal, San Antonio de Prado y Altavista.
- Centros de Servicios: Estadio, Robledo, Ladera, Bosque (UPJ), 20 de Julio, 12 de Octubre y Villa del Socorro.
- Centro Administrativo Municipal segundo piso de la Alcaldía (pasillo capilla). Hasta el 30 de abril.
Otros sitios de recepción (del 27 al 30 de abril de 2015): Cámara de Comercio Centro, Cámara de Comercio Poblado, Centro Comercial Unicentro, Centro Comercial San Diego, CAMACOL, FENALCO, FENACAR.
Los declarantes pueden recibir apoyo en la Línea Única de Atención a la Ciudadanía 44 44 144 (para Medellín); la Línea Única de Atención a la Ciudadanía 018000411144 (fuera de Medellín); chat tributario en www.medellin.gov.co; ventanillas de los Servicios Tributarios (primer piso del CAM, contiguo al Concejo de Medellín - Alpujarra), MasCERCAS, Casas de Gobierno y Centros de Servicio a la Ciudadanía.
Más información en www.medellin.gov.co
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Alcalde Anibal Gaviria Correa
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Hasta el 30 de abril hay plazo para presentar la Declaración de Industria y Comercio en Medellín medellin zoo | |
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| News & Politics Creative Commons Attribution licence (reuse allowed) | Upload TimePublished on 20 Apr 2015 |
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